Derechos de la Mujer
Derechos de la Mujer, una revolución con dulzura
¿ Como esperar asegurar progreso y prosperidad a una sociedad mientras que las mujeres que constituyen la mitad ven sus derechos atropellados y rendidos de injusticia, de violencia y marginación del desprecio a la dignidad y a la equidad que les confiere nuestra sagrada religión?, se preguntaba el Soberano en uno de sus primeros discursos.

Reintegrar a la mujer en sus derechos
¿Que hacer para establecer nuevas relaciones en el seno de la familia, basados en el respeto, la concertación y la responsabilidad comprometida entre los esposos?
La respuesta es simple: se necesita consagrar el principio de igualdad, de reintegrar a la mujer en sus derechos, esto nos da la respuesta. Vuelve de un alarga experiencia marcada por la marginación de la mujer durante siglos.
Después del histórico discurso pronunciado por S.M. el Rey en el recinto del Parlamento en octubre de 2002, reafirmando su voluntad de impulsar los derechos de la mujer, los marroquíes se han vuelto a encontrar con la dignidad y la justicia. Ellas han vuelto a cubrir sus derechos, gracias a la determinación de hacer una idea de la visión de modernización de Marruecos, que se ha comprometido aquí a poner las determinantes de una reforma social global.
Un avance histórico fundado en la “ijtihad”
Es una reforma radical, sin igual con todo lo que Marruecos ha conocido anteriormente, lo que ha permitido la elaboración de un nuevo Código de la Familia y que revisa los reputados textos inmutables pero arcaicos. El recién nacido sumiso al voto y adoptado en unanimidad en el parlamento, ilustra las mutaciones profundas que ha conocido la sociedad marroquí en el curso de los últimos años. Apoyándose en la “ijtihad”, este avance histórico constituye respecto a todos una auténtica revolución social que echa las bases una sociedad sana donde las relaciones en el seno de la familia están fundadas en la justicia, la equidad, el equilibrio, la igualdad de los derechos y de los poderes. Todas estas bases de legítimo derecho de la mujer voltean la cabeza hacia la tutela patriarcal, instauran las recíprocas obligaciones entre los esposos, así como el deber de concertación en las decisiones concernientes a la familia, también reemplazan la humillante repudiación por el divorcio judicial haciendo muy difícil el mantenimiento de la poligamia y reforzando al fin la menor consecuencia, la protección de los derechos del niño.

Igualdad y equidad entre los cónyuges.
La familia está a partir de ahora, en los términos de este nuevo código bajo la responsabilidad conyugal de los esposos. Los esposos que disfrutan de los mismos derechos y obligaciones ya que la regla de la obediencia de la esposa a su marido como contrapartida de su entrevista con éste, ha estado simplemente abandonada. Del mismo modo, antes del matrimonio, la mujer mayor de 18 años vuelve a ser dueña de sí misma, de su elección y de ejercer según su propia voluntad y su libre consentimiento.
Durante los litigios entre las parejas, el texto anula la repudiación e instituye por lo contrario, el principio del divorcio bajo control del juez y dentro de una preocupación de igualdad y de equidad entre los cónyuges. El código introduce igualmente el rechazo de la demanda de divorcio formulada por la esposa por falta de recursos si es probado que ella tiene los medios suficientes para satisfacer sus necesidades y que el esposo es incapaz porque es insolvente. La justa repartición de los bienes adquiridos durante el período de matrimonio a partir de ahora vuelva a ser un derecho. Para facilitar esa operación, el texto que consagra este principio de la separación de los bienes, introduce la posibilidad por parte de los esposos de concluir un contrato separado del acta de matrimonio con el fin de definir un entorno para la gestión y la fructificación de los bienes adquiridos durante el matrimonio.
Protección del niño, la sociedad enfrenta todos sus males
Concerniente a los niños, la hija tiene el mismo título que el hijo, a la edad de 15 años tiene la posibilidad de elegir la persona a quien su custodia será confiada. Asegurarles un estatus que favorezca a su desarrollo y su plenitud es otro trabajo que ha movilizado al gobierno, responsables políticos y ONG. El fruto de todos estos años de trabajo es un cúmulo jurídico y legislativo harmonioso en perfecta conformidad con la legislación internacional en materia de protección del niño y de su explotación (pedofilia, trabajo infantil, niñas sirvientas, prostitución...) De hecho, traduce la madurez de una sociedad que aborda de frente todos sus males, incluso los más vergonzosos. El Parlamento del Niño constituye en este tema, una tribuna de elección para permitir a los niños conocer mejor sus derechos. Es la suma de las reformas que están ahora mostradas por Marruecos como un emblema.
Las obras están en curso de realización, cuyo objetivo no es otro que la edificación de un Estado democrático, moderno y la voluntad de colocar solidamente Marrueco en el siglo XXI. Las once reglas de oro contendidas en el nuevo código de la familia, forman la osamenta de una reforma global reforzada por la promoción de los derechos de la mujer, la protección del niño, y el reforzamiento de los derechos humanos y la consolidación de la ciudadanía.