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Constitución

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Desde la independencia de Marruecos en 1956, se promulgaron seis Constituciones en Marruecos, respectivamente en 1962, 1970, 1972, 1992, 1996 y 2011. Además, las Constituciones de 1972, de 1992 y de 1996 fueron objeto de revisiones.

La reforma constitucional iniciada por Su Majestad el Rey Mohammed VI constituye un avance en comparación con la Constitución anterior. Sus logros más importantes consisten en la codificación de los derechos humanos y libertades fundamentales, el reforzamiento del poder ejecutivo, la extensión de la legislación y la independencia de lo judicial.

Según la Constitución marroquí, tanto el Rey como la Cámara de los Representantes y la Cámara de los Consejeros pueden iniciar una reforma de la Constitución, sin embargo, el Rey tiene el poder de someter un proyecto de reforma constitucional por referéndum mientras que la adopción de un proyecto de reforma propuesto por el jefe de gobierno o por miembro(s) de una de las dos Cámaras legislativas supone la votación del proyecto por la mayoría de los dos tercios de la Cámara concernida (art. 176)

Es importante de señalar que el preámbulo tiene valor constitucional, se refiere entre otras cosas a:

La construcción de un Estado de derecho democrático moderno;

la primacía de las disposiciones de las convenciones internacionales ratificadas por el reino sobre el derecho interno y la armonización de la legislación nacional (en el respeto de la identidad nacional inmutable del país);

los derechos humanos universalmente reconocidos y la preservación de la paz y de la seguridad en el mundo;

el derecho de los ciudadanos a la seguridad, a la libertad, a la igualdad de las oportunidades, al respeto de su dignidad y a la justicia social;

la consagración de la pluralidad de los fomentos de la identidad marroquí, pese a que está se siga definiendo como una e indivisible;

el Islam como religión de Estado;

la lucha contra la discriminación por cualquier motivo personal (género, color, creencias, cultura, origen social o regional, idioma, discapacidad…);

la intensificación de la cooperación en particular con los países del Magreb, con los países de la zona euro-mediterránea así como del Sahel y del Sahara.

La Constitución también consagra la pluralidad lingüística; el derecho a la vida; la igualdad de género y la promoción de la paridad; la garantía de la presunción de inocencia y del derecho a un juicio equitativo; la prohibición de la tortura, de la detención arbitraria o secreta y de la desaparición forzosa; la libertad de las asociaciones en cuanto a su constitución y al ejercicio de sus actividades; etc.