Para trabajar en Marruecos se deben realizar unos trámites y procesos burocráticos tanto para el empleador como para el empleado. Generalmente se exige una visa de entrada o cualquier otro tipo de documento acreditativo de viaje, válido y reconocido por el gobierno marroquí. Los documentos de viaje de residentes extranjeros cuyos países son sometidos a la exigencia del visado, deberán presentar esta visa, expedida por las autoridades competentes, en el momento de entrar en territorio marroquí.
Los visados son entregados a los extranjeros sometidos a esta formalidad, después del pago de las tasas exigidas, y presentando los siguientes documentos:
Etapa 1 : Entrada al territorio marroquí
- Ficha de solicitud de visado debidamente rellenada
- Tarjeta de identidad y tarjeta de residencia
- Pasaporte válido
- 3 fotografías
Etapa 2 : Contrato de trabajo
Para obtener un contrato de trabajo, el empresario debe solicitar al Ministerio de Empleo la autorización de contratar a un extranjero y proceder al registro del contrato establecido conforme al modelo dispuesto por el ministerio de Empleo. El contrato de trabajo debe ser aprobado por el servicio de empleo de inmigrantes de la Dirección de Empleo del Ministerio de Empleo marroquí. En el caso de una primera solicitud, la visa de trabajo para extranjeros suele concederse por un periodo de un año, y puede después renovarse por uno o dos años según lo solicite el empleador.
Cualquier modificación del contrato debe ser notificada a los servicios responsables del Ministerio de Empleo (condiciones de trabajo, duración del contrato, etc.)