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Marruecos se adhiere al Convenio «Apostilla» sobre la eliminación del requisito de legalización de Documentos Públicos Extranjeros

FOTO SU MAJESTAD

Marruecos se adhiere al Convenio «Apostilla» sobre la eliminación del requisito de legalización de Documentos Públicos Extranjeros, que entra en vigor entre el Reino y los países firmantes a partir del 14 de agosto de 2016.

Según un comunicado de los Ministerios del interior y Justicia, esta adhesión interviene en el marco de las Altas Instrucciones de SM el Rey Mohammed VI para simplificar los procedimientos administrativos para el beneficio de los marroquíes residentes en el extranjero.
Este Convenio tiene por objeto simplificar el procedimiento de legalización de los documentos expedidos por las autoridades nacionales que están destinadas a ser presentadas a sus homólogos extranjeros mediante la adopción de un único trámite que consiste en la emisión de un documento denominado «Apostilla» adjunta al documento objeto de la legalización.
El procedimiento actualmente en vigor requiere el uso de varios procedimientos, así como el movimiento de los ciudadanos en diversos servicios de legalización antes de dirigirse a las embajadas y consulados de países extranjeros acreditados en Marruecos. Por lo tanto, y a partir del 14 de agosto de 2016, la legalización de los documentos públicos, que forman parte de las disposiciones de este Convenio y que están destinadas a ser presentadas en el extranjero, es competencia:
De las autoridades locales a nivel de prefecturas y provincias para los documentos emitidos por autoridades administrativas, los trámites habituales aprobados por los servicios de registro, y los trámites cuya autenticación de firma fue atestiguada por las autoridades administrativas competentes.
Del Procurador general del Rey de la Corte de Casación o su sustituto cuando se trata de documentos emitidos por una autoridad o un funcionario de ésta jurisdicción.
De los Procuradores del Rey ante los tribunales de primera instancia o sus sustitutos cuando se trata de documentos emitidos por una autoridad o un funcionario de los tribunales del Reino, incluidos los documentos emanados del Secretario, Secretaría del Procurador General, comisarios judiciales, Adoules, abogados en los casos establecidos por la ley o traductores-intérpretes acreditados ante los tribunales, lo mismo por los documentos notariales.
Del Secretario General del Ministerio de Justicia y Libertades o su interino cuando se trata de documentos emitidos por este Ministerio.
Con el fin de crear condiciones favorables para asegurar el éxito de esta operación, el Ministerio del Interior ha puesto en marcha un sistema informático conjuntamente con el Ministerio de Justicia y Libertades para garantizar la gestión de la concesión del documento «Apostilla», precisa el comunicado, señalando que esta acción tiene como objetivo proporcionar a la administración los recursos tecnológicos necesarios para satisfacer las expectativas de los ciudadanos en buenas condiciones. Además, los interesados podrán acceder a este sistema informático para llenar sus solicitudes a través de la página web www.apostille.ma a partir del 14 de agosto de 2016.